Análisis Jurídico
ANÁLISIS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA GESTIÓN DE UNA NORMA EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
En función de la propuesta y los lineamientos de trabajo brindados por el Dr. Bibiloni, Prof. de la materia “Régimen Jurídico de la Organización” en la carrera de posgrado “Especialización en Derecho Administrativo de la UNLP”, nos proponemos analizar el funcionamiento de la Comisión Legislativa Permanente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires denominada “Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” que funciona en la institución, durante el período legislativo 16-17, que abarca desde el mes de marzo al mes diciembre del año 2016.
De ese análisis, diagnosticar los inconvenientes de su funcionamiento, teniendo en cuenta su conformación, esto es: Bloques políticos, Diputados, asesores y empleados, asignación presupuestaria, insumos disponibles e interacción con el resto de las comisiones y otras instituciones.
A su vez detallar, aunque no de manera exhaustiva, cómo se desarrolla el tratamiento de los Expedientes Legislativos que ingresan, cuáles son los tipos de expedientes en general, su importancia y su relación con el Derecho Administrativo.
Intentaremos visualizar los aspectos mejorables de la Organización para la posterior propuesta de soluciones posibles teniendo en cuenta que se trata de una dependencia pública poco conocida y en constante contacto con otras de su mismo tipo.
Al final del presente propondremos a manera de “conclusión final” algunas opiniones que de ninguna manera agotan la propuesta fundamentalmente porque la Institución de la que depende es eminentemente política.
Capitulo I.- Introducción.
Capitulo II.- Procedimiento para la creación de normas en la provincia de Buenos Aires.
1. Cuadros ejemplificativos:
A. Pasos de un proyecto de ley.
B. Sanción de Leyes. Casos.
b1. Aprobación en ambas Cámaras
b2. Aprobación de modificaciones de cámara revisora.
b3. No se acepta el proyecto modificado.
b4. Tratamiento del veto.
Capitulo III.- Características, composición y recursos de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
2.1.1. Denominación de cada uno.
3.1. Presupuesto. Afectación. Mecanismos de control.
3.2. Recursos tecnológicos aplicados al estudio de los expedientes legislativos:
3.2.1. Computadoras disponibles.
3.2.2. Proyectores, pantallas y sonido.
3.2.3. Accesibilidad a internet.
3.3. Condiciones edilicias. Funcionalidad de la infraestructura afectada a los fines del trabajo de la Comisión en estudio.
3.4.1. Formalidades para la adquisición.
Capitulo IV.- Sujetos que se desempeñan laboralmente en la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
1.1. Presidencia; vicepresidencia; secretaria y vocales.
1.2. Mecanismos de elección.
1.3. Plazo de duración en el cargo.
1.4. La figura del “Miembro informante” o “Relator”. Función y atribuciones, reglamento.
1.4.1. Mecanismo de elección.
1.4.2. Requisitos académicos.
1.4.3. Duración en el cargo.
1.4.4. Mecanismos de control en torno a su tarea.
2.2.1. En calidad de “Contratados”:
2.2.1.1. Modalidad “Locación de Servicios”. Modalidad “Contrato de Obra”. Diferencias.
2.2.2 En calidad de “Planta Permanente”:
2.2.2.1. Existencia de concurso para acceder al cargo.
2.3. Requisitos Académicos.
Capitulo V.- Análisis del funcionamiento orgánico de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
1. Reuniones para el tratamiento de los expedientes:
1.1.1. Reglas institucionales atinentes a la organización de las reuniones. Plazos para la convocatoria. Departamentos institucionales que intervienen en la convocatoria
1.2. Reunión de Comisión para “Asesores”: Finalidad. Cantidad de asesores permitida por cada Legislador. La denominada “Concurrencia con mandato”. Asistencia / inasistencia, control y sanciones.
1.3. Reunión de Comisión para “Diputados”: Finalidad. Asistencia / inasistencia, control y sanciones.
2.2. Proyecto de Resolución. Concepto. Finalidad de su implementación.
2.3. Proyecto de Declaración. Concepto. Finalidad de su implementación.
2.4. Solicitudes de Informes. Concepto. Finalidad de su implementación.
3. Estudio de los expedientes:
3.1. Cantidad de expedientes ingresados durante el periodo en análisis.
3.2. Mecanismos para la elección de los expedientes a tratar.
3.3. Definición de “Orden del día”. Concepto e importancia
3.4. Debate de cada expediente.
3.5. Aprobación, rechazo o postergación de los expedientes.
3.6. Despachos: Redacción. Despachos “en mayoría” y “en minoría”. Despachos de Comisión. Distinción. Firma de los despachos. Mecanismos para la obtención de las firmas y plazos
3.7. Cantidad de expedientes tratados y posterior salida de la Comisión:
3.7.1. Resultado de los mismos.
3.7.2. Posterior seguimiento y control.
Capítulo VI.- Comunicación de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
1. Comunicación ascendente y descendente.
2. Comunicación e interacción con las demás comisiones legislativas.
3. Comunicación con otras Instituciones.
4. Comunicación con los demás actores.
Capitulo VII.- Problemas detectados en torno a los capítulos III, IV, V y VI.
1. Características, composición y recursos de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
2. Sujetos que se desempeñan laboralmente en la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
3. Análisis del funcionamiento orgánico de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
3.1 Estudio de los expedientes.
4. Comunicación de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Capitulo VIII.- Implementación de las soluciones.
1. Operatividad y detalle de las mismas en relación a los problemas detectados.
2. Partida presupuestaria que debería asignarse para realizar las soluciones planteadas.
3. Plantear y debatir sobre la necesidad de modificar el Reglamento Interno de la Cámara de Diputados.
Capitulo IX.- Conclusiones finales.
El presente trabajo como brevemente se explicó en las palabras preliminares intentará detallar de manera práctica como es el funcionamiento de la Comisión de Niñez, Adolescencia y Mujer de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, cuáles son las problemáticas que revela su funcionamiento y cuáles las posibles soluciones.
Previamente es necesario desarrollar, aunque de manera breve, un marco teórico que permita arribar al desarrollo del tema principal con información que optimizará la comprensión del mismo:
Primero: Hemos adoptado un “Sistema de Gobierno” Representativo - significa que el gobierno es ejercido por el pueblo a través de sus representantes, elegidos por el voto. - Art. 22 C.N - dice que “el pueblo no delibera, ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución” – Republicano - se basa en la división, control y equilibrio de poderes, con el objetivo de garantizar las libertades individuales.
Se divide en tres poderes:
Ejecutivo: gobernar, administrar y ejecutar el programa político; Legislativo: legislar y controlar; Judicial: administrar justicia - y Federal - basado en la división territorial del poder entre el gobierno nacional y los gobiernos provinciales, autónomos en el establecimiento de sus instituciones y de sus constituciones locales, quienes “conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno Federal” Art 121 C.N. -.
Segundo: En ese esquema es fundamental saber “que es” la Cámara de Diputados, a qué Poder del Estado pertenece y quiénes la integran:
Como primera medida debemos tener en cuenta que la Provincia de Buenos Aires está dividida en “Secciones Electorales” – 7 Secciones más una por La Capital Provincial - y que cada sección electoral elige, conforme a su cantidad de habitantes de acuerdo a los resultados de cada censo, un número determinado de Diputados que la representa.
La Primera Sección Electoral comprende 24 Partidos Municipales elije 15 diputados; la Segunda Sección Electoral abarca 15 Partidos Municipales elije 11 diputados; la Tercera Sección Electoral se extiende a 19 partidos y elige 18 diputados; la Cuarta Sección Electoral abarca 19 partidos y elige 14 diputados; la Quinta Sección Electoral de 27 partidos elige 11 diputados; la Sexta Sección Electoral conformada por 22 partidos elige 11 diputados; la Séptima Sección Electoral comprendida por 8 distritos elige 6 diputados y la Sección Electoral Capital conformada por la ciudad de La Plata elige 6 diputados.
Tercero: Así, La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires es una de las dos Cámaras Legislativas que componen el Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires. Cuenta con 92 bancas que serán ocupadas, mediante elección popular, por los representantes del pueblo de cada Sección Electoral de la provincia de Buenos Aires denominados Diputados que ocuparán una banca por el lapso de cuatro años.
Cuarto: Ingresando en el terreno de la Institución Legislativa propiamente dicha detengámonos en el Art. 93 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires que reza: “Cada Cámara se regirá por un reglamento especial y nombrará su presidente y vicepresidente, a excepción del presidente del Senado, que lo será el vicegobernador, quien no tendrá voto sino en caso de empate.
Los funcionarios y empleados de ambas Cámaras, serán designados en la forma que determinen sus respectivos reglamentos” dotando a cada Cámara de contar con un instrumento fundamental para su funcionamiento dado allí se establecen los lineamientos que van desde la toma del cargo por parte de los Diputados, la elección de autoridades, conformación y funciones de las Comisiones Legislativas hasta la presentación de proyectos y todo lo que incumbe al tratamiento y aprobación de los mismos.
Quinto: El Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, texto Ordenado por Resolución 3.817/2012 de la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados, autorizada por Resolución D 1.257/12-13. Y modificaciones introducidas por Resolución D 185/14-15 y D 2.687/16-17, consta de 24 Capítulos y 239 artículos
El trámite interno de cada proyecto legislativo, cualquiera sea la denominación o extensión, llegará a su destino a través de un “Expediente legislativo”. Sabemos que el “expediente” es por su importancia la columna vertebral de cualquier procedimiento, por la tanto, conocer su contenido y composición es trascendental. Al día de hoy, continúa el sistema de Expediente “papel”, donde al mismo se agregan los dictámenes que emanan del tratamiento en Comisión, las solicitudes de opinión y la respuesta respectiva de los distintos actores que pueden ser afectados por un Proyecto, y la aprobación o el rechazo final producido en las Cámaras respectivas.
Cap. II.- Procedimiento para la creación de normas en la prov. de Bs As.
Generalmente se desconoce cómo se crea una norma, no el sentido del mecanismo constitucional detallado por nuestra Constitución, tanto nacional como provincial, sino de dónde nace. Sin ánimos de reduccionismos podríamos afirmar que un proyecto de ley surge de la observancia de un hecho social en combinación con una idea, que se enmarca en un tipo de ideología la que dependerá del autor y que se organiza mediante lo que se conoce como técnica legislativa.
1. Cuadros ejemplificativos:
A. Pasos de un proyecto de ley.
B. Sanción de Leyes. Casos.
b1. Aprobación en ambas Cámaras.
b2. Aprobación de modificaciones de cámara revisora.
b3. No se acepta el proyecto modificado.
b4. Tratamiento del veto.
-Constitución de la Provincia de Buenos Aires (Capítulo VI. Art. 104 a 112.).
-Reglamento interno de la Cámara de Diputados.
Cap. III.- Características, composición y recursos de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
La Comisión a la que refiere el presente estudio es una de las 39 Comisiones Permanentes que funciona en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Conforme lo determina el Reglamento Interno de la Cámara la Comisión está integrada por nueve miembros que duran en su función por dos años.
Durante el transcurso del período legislativo 2016 la Comisión trabajó una cantidad considerable de expedientes (67 expedientes legislativos de los que más adelante se detallara in extenso) dentro y fuera de la órbita institucional de la Cámara: con la anuencia de los miembros integrantes de la Comisión y de las autoridades de la Cámara, se decidió tomar contacto con otras instituciones para conocer de cerca cuales son las problemáticas con las que acarrean día a día y de esa manera poder generar herramientas legislativas en pos de solucionarlas. Lo que denota una de sus características propias (comparable con algunas de las demás) que es el interés por el contacto con “el afuera”.
Se caracteriza por una dinámica de trabajo continua y de buena convocatoria tanto de asesores y de Diputados.
Asimismo se promueve la participación de los autores de los proyectos que allí son tratados y se advierte una predisposición a mejorar los proyectos en los casos que así sean necesarios.
Su composición es mayoritariamente de legisladoras.
La Comisión interviene en todos los asuntos legislativos referidos a la atención de la familia, la niñez, la adolescencia y la mujer, su régimen legal, asistencial, de trabajo y penal; a las instituciones que regulan la organización familiar así como también a la detección de los factores negativos que afecten a la persona individual y a la sociedad, dentro de la órbita territorial de la provincia de Buenos Aires e institucional de la Cámara de Diputados.
Proyectos de Declaración, Resolución y Solicitudes de Informe, cuya autoría radica en cabeza de alguno de los Diputados de la Provincia de Buenos Aires. Proyectos de Ley que pueden tener como Cámara de Origen o Revisora a la Cámara de Diputados de la Provincia.
Como adelantamos la Comisión está compuesta por nueve miembros. Va de suyo que son Diputados con mandato vigente que pertenecen a diferentes fuerzas políticas y duran en esta función dos años.
2.1.1. Denominación de cada uno.
Durante el período legislativo correspondiente al año 2016 trabajaron en la comisión tres de los nueve bloques políticos con los que actualmente cuenta la Cámara de Diputados bonaerense, ellos son: Cambiemos Buenos Aires, Frente Renovador UNA y Frente para la Victoria - PJ.
Cada bloque cuenta con una Secretaria Legislativa encargada de organizar la producción legislativa de su bloque. Es a esta Secretaria donde se solicitan los pedidos de proyectos para su tratamiento sobre tablas a la hora de las sesiones legislativas.
Debe tenerse en cuenta en este punto la importancia de la denominada “Comisión de Labor Parlamentaria” que está integrada por el presidente de la Cámara, los vicepresidentes de la Cámara y los presidentes de los distintos bloques (que participan de las reuniones con los secretarios legislativos). La tarea del secretario legislativo es de suma importancia a la hora de proponer el tratamiento de algún proyecto. De más está decir, que deberá encontrar el apoyo del bloque para el posterior debate con los legisladores pertenecientes a otros bloques políticos.
Los Diputados se reúnen en labor parlamentaria durante los períodos de sesiones. Fuera de ellos, cuando la Presidencia lo estime conveniente y tiene por función:
Preparar planes de labor general del Cuerpo; proponer a la Presidencia los asuntos que formarán el Orden del Día; emitir despacho sobre cualquier informe, oficio o requisitoria provenientes de otros poderes u organismos de la Constitución Nacional y Provincial, relacionados con el desempeño y funciones de los señores diputados y señores funcionarios de ley; promover medidas prácticas para la agilización de los debates y el mejor desenvolvimiento de las tarea legislativa; marca el rumbo de la actividad legislativa lo que impacta por supuesto en el trabajo de las demás comisiones.
2.2.2. Cantidad de legisladores que lo integran.
Tres legisladores representaron al FR – UNA, bloque que preside la Comisión, tres por Cambiemos, quien retuvo la vicepresidencia y la secretaria, y dos por el FPV - PJ
2.2.3. Influencia de la mayoría y minoría.
Las comisiones permanentes – tal como el caso de la Comisión en análisis – o sea quienes las integran, considerarán un asunto y convendrán respecto de los puntos del Dictamen (o despacho de comisión).
Como veremos más adelante los despachos podrán ser de aprobación, de aprobación con modificaciones o de rechazo con el respectivo fundamento por escrito. En este punto es donde toma relevancia el “juego de mayorías y minorías”.
Primero porque para poder realizar la reunión debe haber “quorum”, esto es la mitad más uno de miembros de la comisión – en el caso de niñez se requiere la presencia de al menos cinco legisladores – no obstante para avanzar con cualquiera de las opciones respecto de los dictámenes se necesitará la firma de la mitad más uno de los legisladores presentes.
No obstante si las opiniones de los miembros de una comisión se encontraran divididas, la minoría tendrá el derecho de presentar a la Cámara su despacho escrito y sostenerlo en la discusión.
3.1. Presupuesto. Afectación. Mecanismos de control.
Una de las atribuciones que tiene la presidencia de la Cámara es administrar los fondos fijados por la Ley de Presupuesto para la institución.
Será la presidencia (o desde la presidencia) que determinará cuánto presupuesto asigna a cada dependencia. El dato preciso es desconocido o al menos nosotros no pudimos acceder a ningún detalle (más allá de la Ley 14886 que fija en la suma de $ 3.686.320 000 el presupuesto de la Cámara para el ejercicio 2017)
Las Comisiones no cuentan con presupuesto propio.
Las actividades que demandan gastos son cubiertos por las dependencias propias de la Cámara. Por ejemplo: si en la Comisión se decide sesionar fuera de la institución (como se ha hecho en esta organización), se solicitará el transporte con un plazo de tiempo prudente a través de un memo que detalle lugar, fecha y hora de salida y una aproximación de lo que durará la actividad. Lo mismo si se requiere presencia de la prensa institucional o algún artefacto electrónico. Todo deberá ser autorizado por la autoridad competente
3.2. Recursos tecnológicos aplicados al estudio de los expedientes legislativos:
3.2.1. Computadoras disponibles.
No obstante lo explicado en el parágrafo anterior el relator de la comisión utiliza para el análisis y el estudio de los expedientes los recursos disponibles en la oficina “particular” del Diputado que preside la Comisión.
En ese sentido cada diputado cuenta con un despacho dotado de tres teléfonos, cuatro computadoras completas y tres impresoras que les presta la institución hasta finalizar su mandato, todo debidamente inventariado y con acceso a internet.
3.2.2. Proyectores, pantallas y sonido.
Los proyectores, las pantallas y el sonido –usado en ocasiones de reuniones multitudinarias, jornadas o presentaciones- están a disposición para ser utilizadas y deben ser solicitadas a las autoridades de la Cámara. No hay disponibilidad de contar con estos recursos por cada comisión.
3.2.3. Accesibilidad a internet.
La accesibilidad a internet es generalmente buena.
Se accede mediante “cable red” y wi-fi dependiendo del dispositivo.
La Institución cuenta con un sistema interno de búsqueda de expedientes denominado intranet a la que se accede con usuario y una clave que le es entregada desde la cámara a cada diputado.
Es un buscador donde, insertado el número de expediente y extensión, puede hallarse el texto de los expedientes legislativos, con sus pases por comisiones, la autoría, si tiene reproducciones o si ha pasado por la Cámara de Senadores.
Es de mucha utilidad a la hora del estudio de los proyectos, faltaría agregarle los despachos de cada comisión fundamentalmente como has sido de modificación.
3.3. Condiciones edilicias.
Funcionalidad de la infraestructura afectada a los fines del trabajo de la Comisión en estudio.
La actividad legislativa se desarrolla básicamente en dos edificios: el histórico Palacio Legislativo que se divide entre la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, sito en la ciudad capital de la Provincia, la ciudad de La Plata.
Ocupa la manzana comprendida entre avenida 7, entrada principal, calle 51, con acceso a las oficinas de la Cámara de Senadores, calle 8 acceso para vehículos y calle 51 de acceso a las oficinas de la Cámara de Diputados. En ese edificio nos encontraremos con los despachos de las autoridades; Mesa de Entradas; Prensa; Centro de Copiados; Imprenta e Insumos entre otras dependencias.
El otro edificio de importancia, relativamente nuevo y de mucha circulación, es el que se conoce como “anexo”. Es un edificio de siete pisos donde nos encontraremos con los despachos de los legisladores. Cada piso cuenta 9 oficinas equipadas con los recursos que ya detallamos, donde concurren los Diputados, empleados y asesores.
En el subsuelo del anexo es donde generalmente se llevan a cabo las reuniones de Comisiones dado que allí encontramos las salas. Son más espaciosas, lo que las hace propicias para ese tipo de encuentros.
En líneas generales las condiciones edilicias son óptimas y brindan comodidad para realizar las reuniones y los debates.
Los insumos “materiales” que se utilizan mayormente son resmas de papel para la impresión de los expedientes, lapiceras, carpetas, resaltadores, bandas elásticas, sellos, tóner, etc. Se utiliza energía eléctrica.
Y se importa “energía humana”, asesores y legisladores comprometidos con los temas que trata la comisión ponen énfasis en lograr que los proyectos “salgan” de la Comisión con un buen contenido en la intensión de que de llegar a ser Ley soluciones los problemas de los “colectivos” sociales abarcados.
3.4.1. Formalidades para la adquisición.
La forma de adquirirlos es mediante la presentación de un “memo” donde va el detalle de lo requerido y quedara sujeto a la autorización. Dicho “memo” debe llevar la firma y el sello del legislador que lo solicita.
Si bien no hay un cupo pre establecido de insumos o de materiales que puedan ser utilizados durante el periodo legislativo, es desde la “Dirección de Compras” de la Cámara que autorizan las cantidades de materiales a entregar conforme a lo que haya solicitado el Presidente de la Comisión. Generalmente se tiene en cuenta lo que ha sido entregando durante el transcurso de un mes y se tiene como referencia así por ejemplo en ocasiones se piden tres resmas de papel y autorizan una porque ya facilitaron tres el mes anterior.
No genera inconveniente sino que simplemente se administra el insumo de manera tal que este siempre disponible.
Cap. IV.- Sujetos que se desempeñan laboralmente en la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
1.1. Presidencia; vicepresidencia; secretaria y vocales.
Durante el periodo legislativo 16 – 17 la Comisión de niñez, adolescencia, familia y mujer de la Cámara de Diputados la preside una Diputada perteneciente al bloque político Frente Renovador UNA por segundo mandato consecutivo.
La vice presidencia está a cargo de una legisladora que forma parte del bloque FpV Pj y la Secretaria por una que conculca con la bancada del frente Cambiemos.
El cuadro se completa con dos legisladores, uno de Cambiemos y otro del FpV Pj y cuatro legisladoras dos por Cambiemos, una por el Fr UNA y otra del FpV Pj.
Es importante conocer a que bloque político pertenece cada legislador dado que los expedientes en tratamiento, el posible acompañamiento o no, se analizan también desde el punto de vista político.
Recordemos que los diputados en número de cuatro o más pueden constituir bloque conforme a sus afinidades políticas, los mismos se dan por conformados con la sola comunicación a la Presidencia de la Cámara, mediante nota suscripta por todos sus integrantes.
1.2. Mecanismos de elección.
Son elegidos mediante acuerdos que realizan los diferentes bloques que componen la Cámara durante el periodo legislativo.
Luego de la sesión preparatoria que se corresponda con la incorporación de los nuevos diputados, el Presidente de la Cámara procede a designar, a propuesta de los respectivos bloques, los Diputados que compondrán las Comisiones Permanentes de la Cámara.
Entonces luego de constituidas eligen de su seno las autoridades, como ya detallamos, un presidente, un vicepresidente y un secretario que deberá informarse a la sesión parlamentaria siguiente a la de su nombramiento. El resto será parte de los “vocales” que completan el cuadro.
1.3. Plazo de duración en el cargo.
Los legisladores duran en el cargo un plazo de dos años que podrán continuar ejerciendo si así lo decidiera la nueva composición de la Comisión. Generalmente por una cuestión de organización institucional los diputados convienen que la presidencia se mantenga a cargo de legislador que ya veía ejerciéndolo.
1.4. La figura del “Miembro informante” o “Relator”. Función y atribuciones, reglamento.
El miembro informante, denominado Relator, es el encargado de organizar las reuniones de comisión para poner en tratamiento los expedientes legislativos ingresados.
Desde el punto de vista reglamentario será responsabilidad de los relatores tener abierta la comisión más allá del horario de atención al público hasta que finalice la sesión parlamentaria lo que implicaría su función primordial. Por supuesto que esto no es así.
El relator es quien analiza y estudia cada expediente que ingresa o es girado a su comisión; es quien integra el orden del día con los proyectos que serán tratados en la reunión; comunica (conforme a las disposiciones que establece “Coordinación de Comisiones”) fecha hora y sala en que se llevara a cabo; establece comunicaciones y se relaciona con las demás comisiones (con los asesores y con los diputados e inclusive con asesores y relatores de la Cámara de Senadores y con los Senadores); organiza salidas y reuniones con otras instituciones o localidades del interior de la provincia; redacta los despachos luego de cada reunión de Comisión expresando los fundamentos del caso para ingresarlos luego en “Mesa de Entradas” (Mesa de Entradas hará que gire a Presidencia para que en la primer Sesión Parlamentaria, dé cuenta a la Cámara y los incorpore (según el caso) al Orden del Día.
A su vez es el responsable del “Libro de Actas”:
Documento que guarda en sus hojas la historia de la comisión.
Allí constan en detalle cada una de las reuniones que se llevaron a cabo en los diferentes periodos legislativos con los respectivos Expedientes que fueron puestos a consideración en cada reunión.
La actividad en general está regulada por la costumbre y por la práctica generalmente transmitida por relatores de más antigüedad.
1.4.1. Mecanismo de elección.
No hay mecanismo de elección. Generalmente es designado por el Presidente de la comisión en cuestión. No se requieren conocimientos profesionales ni se concursa el cargo.
1.4.2. Requisitos académicos.
No se exige ningún tipo de requisito académico para acceder al puesto.
1.4.3. Duración del cargo.
Dura en el cargo generalmente el mismo tiempo que ejerce la presidencia el diputado que lo sugirió como relator.
1.4.4. Mecanismos de control en torno a su tarea.
No hay reglamentado ningún mecanismo de control de tipo reglamentario.
Sin embargo existen disposiciones internas, generalmente resoluciones, dictadas por las autoridades de la Secretaria Legislativa de la Cámara de Diputados que canalizadas por la Dirección General Legislativa, se comunican a la Coordinación de Comisiones desde allí solicitan a los Relatores de cada Comisión un “Informe de Gestión” que deberá ser entregado cada seis meses (esto no es obligatorio ni acarrea sanción).
Las comisiones no cuentan con empleados propios.
Su funcionamiento depende casi en tu totalidad del Diputado que preside la Comisión, repetimos, él nombra el relator y también pone a disposición a sus asesores.
A cada Legislador se le otorga un presupuesto para la realización de su gestión.
Dicho presupuesto surge del presupuesto de la Cámara, conforme a la propuesta que realice Presidencia. Presenta y pone a consideración del cuerpo legislativo el presupuesto de sueldos y gastos de la institución.
Paralelamente desde la Cámara, específicamente desde la Secretaria administrativa de la Cámara de Diputados, en coordinación con la Dirección de Personal, ordenan el procedimiento para la confección de la denominada “Nómina de agentes o empleados” de cada diputado.
En esa nómina se detalle nombre y apellido de cada empleado a los que les corresponderá conforme a la cantidad de módulos que se le otorgue (esto a consideración del legislador) una categoría de contrato, (cada módulo equivale a x cantidad de pesos y x cantidad de módulos a determinada categoría de contrato).
El “ser” relator no trae aparejado necesariamente una categoría de contrato e inclusive en ocasiones se lo contrata bajo la modalidad “contrato de obra”
2.2.1. En calidad de “Contratados”:
2.2.1.1. Modalidad “Locación de Servicios”. Modalidad “Contrato de Obra”. Diferencias.
Como adelantamos en ocasiones los relatores son contratados.
El código civil y comercial en el Libro III Capítulo VI “Obra y servicios” Sección 1° “Disposiciones comunes a las obras y a los servicios” en el Artículo 1251,
primer párrafo define que: “Hay contrato de obra o de servicios cuando una persona, según el caso el contratista o el prestador de servicios, actuando independientemente, se obliga a favor de otra, llamada comitente, a realizar una obra material o intelectual o a proveer un servicio mediante una retribución.”
A su vez el artículo 1252, despeja dudas, calificando el tipo de contrato e indica: “Si hay duda sobre la calificación del contrato, se entiende que hay contrato de servicios cuando la obligación de hacer consiste en realizar cierta actividad independiente de su eficacia. Se considera que el contrato es de obra cuando se promete un resultado eficaz, reproducible o susceptible de entrega”.
El caso es que la contratación en estos casos tiene un plazo de diez meses a diferencia de la contratación con categoría que es por doce meses. Tampoco es claro el tema del “resultado” debido a que no se realiza – salvo que lo proponga y presente por motus propio el relator a quien lo contrata – un “control de calidad” o de objetivos.
2.2.2 En calidad de “Planta Permanente”:
La norma que debemos observar es la Ley Provincial n° 10551 que establece un régimen de estabilidad para el personal de la planta permanente de la legislatura de la provincia de Buenos Aires.
En su artículo 1° dispone: “El personal de la Planta Permanente de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, gozará de estabilidad en sus respectivos empleos, el día en que se cumplan seis (6) meses desde su nombramiento, quedando sujetos al régimen que se establece por la presente ley.
La estabilidad a que se hace mención en el párrafo anterior abarca todas las categorías, hasta la de Subdirector inclusive”
En tanto que uno de los pasajes de sus fundamentos reza:
“La estabilidad del empleado legislativo, además de constituir un derecho legítimo, contemplado por principios constitucionales y legales, pero aún ilusorio, se encuadra, con toda razón, en la necesidad de un Poder Legislativo vigoroso” y confiesa que: “…la experiencia demuestra que es impropio aguardar que la institución adquiera estabilidad real, si una de sus partes integrantes, la de los empleados y funcionarios, carece de ella.”
El legislador, creemos con buen tino, ha intentado con esta norma sacar de un “estado de incertidumbre ante los vaivenes políticos” a los trabajadores de la Legislatura bonaerense, plasmando en ella los principios consagrados en nuestra Carta fundamental en su art. 14 bis, la Constitución Provincial y los beneficios consagrados expresamente en la Declaración de los Derechos del Hombre, de la Carta de las Naciones Unidas, y en las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo.
Sin embargo, no solo que no está reglamentada sino que además se percibe que pasara mucho tiempo hasta que se implemente.
2.2.2.1. Existencia de concurso para acceder al cargo.
No existe en la práctica ningún concurso para acceder al cargo de relator o a la planta de empleos de la legislatura. Evidentemente la falta de mecanismos para acceder a la estabilidad propia de una planta permanente hace que la norma expuesta en parágrafo anterior tenga “sabor a poco”.
No es un detalle menor tener en cuenta que los empleados del Poder Legislativo de la Provincia de la provincia de Buenos Aires no cuentan, si quiera, con un estatuto que regule la actividad laboral.
2.3. Requisitos Académicos.
No se requiere acreditar requisito académico alguno.
Las funciones de los empleados en general varían conforme al tipo de contratación y tareas asignadas.
Los empleados contratados en las nóminas de los legisladores generalmente se reparten entre las actividades legislativas y los trabajos de tipo administrativos. Por su parte quienes detentan una planta permanente ocupan los diferentes puestos que se distribuyen por toda la estructura institucional: intendencia; sonido; prensa; seguridad etc.
Son designados a través de las Secretarias correspondientes conforme lo analizado por Presidencia. Cabe señalar que son tres las Secretarias preponderantes de la institución, Secretaria Administrativa, Secretaria Legislativa y Secretaria de Desarrollo Institucional.
La capacitación depende de cada agente o cada relator. Si bien desde la legislatura se dictan cursos y actividades la participación no es obligatoria, no da puntaje y generalmente se dificulta la participación por los horarios. No existe en la práctica un horario laboral de ingreso / egreso al menos para quienes son contratados (mas allá de lo establecido en cada contrato)
Cap. V.- Análisis del funcionamiento orgánico de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
1. Reuniones para el tratamiento de los expedientes:
Como ya indicamos las reuniones para el tratamiento de los expedientes son determinadas por el relator conforme las directivas del presidente.
No existe una reglamentación o estatuto propiamente dicho para la realización de la convocatoria a reunión de comisión.
Desde “Coordinación de Comisiones”, generalmente a comienzo de cada periodo legislativo, es entregado a cada Relator un instructivo donde se detalla el “paso a paso” de cómo será el desarrollo de la actividad.
En este sentido, el llamado a reunión, insistimos, siempre con la anuencia del legislador que preside la comisión, queda a cargo del relator que debe comunicarla 72 horas antes de la fecha.
Podrá convocarla excediendo este plazo mínimo, pero la convocatoria quedará sujeta a aprobación de Coordinación de Comisiones, evaluando (solo para reunión de Diputados) si los Legisladores llegan a anoticiarse a tiempo de la convocatoria.
1.1.1. Reglas institucionales atinentes a la organización de las reuniones. Plazos para la convocatoria. Departamentos institucionales que intervienen en la convocatoria
Decíamos que si bien no existe una reglamentación quienes son relatores cuentan con un instructivo que hace de “organizador”.
Así, previamente a la convocatoria, cada relator, a través de lo que se conoce como “memorándum”, medio de comunicación interno de la Cámara de Diputados y de muchas instituciones estatales, debe solicitarse la reserva de horario y sala a “Coordinación de Comisiones” y haber dado traslado, vía mail y por escrito, del Orden del día con los proyectos a tratar, tanto a los responsables del “Departamento de comunicaciones oficiales” como a los responsables de “Coordinación de Comisiones”, siendo esos dos Departamentos Institucionales los que fundamentalmente intervienen.
A su vez el temario debe ser enviado con antelación a todos los Diputados que integran la Comisión y a sus asesores para posibilitares el estudio previo.
1.2. Reunión de Comisión para “Asesores”: Finalidad. Cantidad de asesores permitida por cada Legislador. La denominada “Concurrencia con mandato”. Asistencia / inasistencia, control y sanciones.
La reunión de comisión “para asesores” generalmente se organiza una semana antes de la reunión de diputados, debiendo cumplirse para llevarla a cabo con los mismos requisitos que la reunión de legisladores.
Se envía el listado con los proyectos a estudiar (el Orden del Día) y se los convoca en día, horario y lugar determinado.
No está estipulada la cantidad de asesores que pueden o deben concurrir por cada legislador ni tampoco existe obligación de concurrir.
Que vayan o no podrá ser inconveniente en el sentido que la finalidad de este tipo de reuniones es ir leyendo y estudiando las diferentes iniciativas para luego acercar opiniones a los legisladores de cara a lo que podrá suceder cuando ellos se junten al debate.
De todas maneras en costumbre de los relatores llevar una especie de “lista de asistencia” para tener el registro de los que participaron previniéndose de la frase “no estaba al tanto” o “no estuve en esa reunión” etc.
La “concurrencia con mandato”, en ocasiones representa un problema no menor, se da cuando convocada la reunión de Diputados al seno de la comisión concurren sus asesores autorizados para debatir e incorporar opiniones en torno al expediente en cuestión.
1.3. Reunión de Comisión para “Diputados”: Finalidad. Asistencia / inasistencia, control y sanciones.
La reunión de comisión es para los diputados que la integran, si bien tampoco existe una obligación de tipo reglamentaria de asistencia o inasistencia, lo que pone en evidencia la inexistencia de un régimen sancionatorio y delata que no hay control institucional, esta es la reunión donde se define la suerte de los proyectos puestos a consideración en el Orden del Día (similar al que se puso a consideración de los asesores previamente).
El relator hace lectura de la convocatoria, inaugurando así la sesión que se corresponderá con un número determinado, y pasa a relatar los proyectos con las opiniones que se vertieron al respecto de cada uno.
Por cada proyecto el legislador define si acompaña con la aprobación, el rechazo, la postergación para un análisis más detenido o la modificación.
Cada opinión se traduce en voto por lo que generalmente hay que tratar de lograr consenso.
En estas ocasiones es importante el conocimiento técnico y el estudio por parte del relator, el que de manera objetiva y con el permiso de los legisladores podrá orientar sobre la conveniencia – insistimos generalmente técnica y no política – de avanzar o no con determinada iniciativa.
Previamente es conveniente remarcar que en todos los casos los proyectos y sus fundamentos se presentan por escrito y en soporte magnético, para que luego sean publicados en la página web de la Cámara.
Se presentan en Mesa de Entradas y allí se les asigna letra y número (letra D, el numero y la extensión correspondiente de acuerdo al periodo legislativo)
Es atribución del Presidente de la institución autenticar con su firma y disponer la remisión a los destinos pertinentes de todo Proyecto de Resolución que intente Declarar de Interés Legislativo y de Declaración que pretenda obtener se declare de Interés Provincial, eventos, obras, publicaciones, programas, actividades y cualquier otra petición en tal sentido, que no implique erogación presupuestaria alguna y que fuera así acordado en la Comisión de Labor Parlamentaria, o que posean despacho de comisión, debiendo votarse en conjunto en la primera sesión.
Sin entrar en definiciones propias de ley o en conceptos que no hacen a la finalidad del presente (más allá que al inicio del trabajo y a manera explicativa se reseñó sobre la formación de una ley) podemos afirmar que en la Cámara de diputados de la Provincia de Buenos Aires se presenta en forma de Proyecto de Ley, toda proposición destinada a crear, reformar, suspender o abolir una ley, institución, pena o regla general.
De esa manera, luego de ingresado por mesa de entadas, el reglamento indica: “todo proyecto de este tenor sometido al estudio de alguna de las comisiones de la Cámara, deberá ser despachado en el término de sesenta días, y, en caso que así no lo hiciera, la comisión dará cuenta a la Cámara de los motivos que le impiden formular despacho”. Cosa que no ocurre en la práctica.
2.2. Proyecto de Resolución. Concepto. Finalidad de su implementación.
En forma de proyecto de resolución se presenta, toda proposición que tenga por objeto el rechazo de solicitudes de particulares; la modificación del reglamento, la adopción de medidas relativas a la composición u organización interna de la Cámara y en general toda disposición de carácter imperativo que no necesite la intervención de los otros poderes.
2.3. Proyecto de Declaración. Concepto. Finalidad de su implementación.
Se presentará en forma de proyecto de declaración, toda proposición que tenga por objeto expresar una opinión de la Cámara sobre cualquier asunto de interés político o administrativo que afecte los intereses generales de la Provincia o de la Nación.
2.4. Solicitudes de Informes. Concepto. Finalidad de su implementación.
Se presentará en forma de proyecto de solicitud de informes toda proposición que tenga por objeto solicitar a los ministros del Poder Ejecutivo, los informes
Verbales o escritos que la Cámara estime convenientes, respecto a las cuestiones de su competencia.
3. Estudio de los expedientes:
3.1. Cantidad de expedientes ingresados durante el periodo en análisis.
En el período tomado para el estudio ingresaron a la comisión un total de 39 expedientes (23 proyectos de Ley ingresados por Mesa de entradas de Diputados; 1 Proyecto de Ley girado con media sanción de la Cámara de Senadores; 2 Proyecto de Resolución; 11 Proyectos de Declaración y 2 solicitudes de informes) que se sumaron a los que ya estaban ingresados a la comisión de periodos anteriores.
Debemos tener en cuenta que por cuestiones de organización si bien el periodo legislativo comienza en el mes de marzo, luego de la sesión inaugural, finaliza en el mes de diciembre, estimamos que por costumbre las comisiones se reúnen desde abril hasta noviembre.
Esta costumbre acarrea que los expedientes girados luego de la última Sesión parlamentaria queden pendientes para tratar en el próximo periodo.
3.2. Mecanismos para la elección de los expedientes a tratar.
No existe un mecanismo preestablecido para elegir los expedientes a tratar en el seno de las comisiones. Cada comisión tiene una cantidad indeterminada de expedientes a tratar en función de la temática propia. A la hora de ser elegidos para presentar a consideración de los demás integrantes de la comisión se tendrá en cuenta el periodo en el que ingreso, la importancia o urgencia de su tratamiento o en algunos casos el pedido de pronto despacho.
3.3. Definición de “Orden del día”. Concepto e importancia
El Orden del día es el temario que se incluye en la convocatoria a la reunión para ser tratados. En la reunión, no se debería tratar ningún expediente que no esté expresamente incluido.
Principio, que obedece a que el legislador o asesor concurra al debate con el conocimiento previo y suficientemente anticipado de los proyectos que se tratarán. Sin embargo es costumbre incorporar un ítem
“otros” al orden del día por si de último momento piden el tratamiento de un proyecto en particular.
3.4. Debate de cada expediente.
Una vez que se dio traslado del Orden del día y determinada la fecha de la reunión los Diputados se encuentran para debatir sobre la conveniencia o no de aprobar los proyectos. El relator pasa a dar lectura de las formalidades y la presidencia pone a consideración cada uno de los proyectos.
En esa instancia cada Diputados va dando su opinión y fundamentos hasta lograr el consenso para aprobar, rechazar o postergar el proyecto. Tengamos en cuenta que previamente los asesores hicieron lo propio analizando las diferentes aristas del proyecto.
3.5. Aprobación, rechazo o postergación de los expedientes.
Agotada la discusión y vertidas las opiniones descriptas cada diputado vota.
Conforme al “juego” de mayorías y minorías el resultado podrá ser de aprobación o de rechazo dando el pase del proyecto a la próxima comisión o en ocasiones convienen la postergación generalmente para dar mayor profundidad al estudio de la iniciativa. El expediente volverá a incorporarse en el orden del día de futuras reuniones. Existe la posibilidad que los legisladores sugieran invitar al autor del proyecto en consideración.
3.6. Despachos: Redacción. Despachos “en mayoría” y “en minoría”. Despachos de Comisión. Distinción. Firma de los despachos. Mecanismos para la obtención de las firmas y plazos
El despacho es el “dictamen”, lo resuelto en las reuniones respecto del expediente en particular. En caso de aprobación o de rechazo del expediente, el relator, quien previamente en el marco de la reunión fue tomando nota de las opiniones, redacta los fundamentos explicando porque la comisión resolvió rechazar o aprobar el expediente.
El Dictamen, que no requiere de formalidad alguna a la hora de la redacción, una vez confeccionado y rubricado por todos los legisladores que acompañaron la decisión, es ingresado en Mesa de Entradas junto con el expediente. Ese dictamen será agregado al expediente y será de suma utilidad para el tratamiento en el seno de la próxima comisión. Si bien no es vinculante sienta un precedente que sin dudas será tenido en cuenta.
Existen algunos usos y costumbres, referidos a la confección de dictámenes particulares como puede ser la Aprobación en conjunto de Proyectos que versan sobre la misma temática. Aquí se produce una “acumulación” de los mismos, en donde el que encabece, será el Proyecto de mayor antigüedad.
Reiteramos que si las opiniones de los miembros de una comisión se encontrasen divididas, la minoría tendrá el derecho de presentar a la Cámara su despacho escrito.
3.7. Cantidad de expedientes tratados y posterior salida de la Comisión:
En el transcurso del periodo legislativo 16-17, tal como surge del “Libro de actas”, se realizaron 6 reuniones en las que se trataron 67 proyectos, el número varia respecto de los ingresados porque van quedando de periodos anteriores.
3.7.1. Resultado de los mismos.
25 Proyectos de Ley de los cuales 8 fueron aprobados; 8 se aprobaron con modificación; 4 por el rechazo y 5 se postergaron.
17 Proyectos de Resolución, 9 aprobados, 6 aprobados con modificaciones y 2 rechazados.
15 Proyectos de Declaración de los que 12 fueron aprobados y 3 aprobados con modificaciones
2 Solicitudes de Informes que fueron aprobadas
5 Resoluciones Oficiales, generalmente provenientes de los municipios, ya sea del ejecutivo o el Concejo Deliberante, de los que se procede a la toma de conocimiento y posterior archivo.
3 pedidos de Particulares, denominado expediente “P”, que son presentaciones de personas físicas o jurídicas poniendo en conocimiento de la Cámara alguna cuestión.
3.7.2. Posterior seguimiento y control.
Una vez que el expediente “sale” de la comisión es girado, a través de Mesa de Entradas, a la comisión siguiente (destaquemos que la mayoría de los expedientes tienen asignadas más de una comisión legislativa para el estudio y análisis detenido) el seguimiento depende del autor del proyecto en cuestión, quien al advertir que fue tratado y aprobado al menos por dos comisiones, podrá pedir, a través de la Secretaria Legislativa del Bloque político al que pertenece, su tratamiento sobre tablas en Sesión Ordinaria previa incorporación al Orden del Día.
Todo proyecto de ley sometido al estudio de alguna de las comisiones de la Cámara, deberá ser despachado en el término de sesenta días, y, en caso que así no lo hiciera, la comisión dará cuenta a la Cámara de los motivos que le impiden formular despacho. Ni una ni otra cosa ocurre en la práctica.
Cuando un proyecto no haya sido despachado en el término señalado al efecto sin darse los motivos de la demora, a pedido de un diputado y por la resolución de la Cámara, será impreso por la Secretaría y repartido como Orden del Día, con la nota marginal: “Sin despacho de comisión, artículo 103 del reglamento”.
Cap. VI.- Comunicación de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
La comunicación de las instituciones públicas en general, fundamentalmente la interna y la externa, es una cuestión aun no resuelta tal vez por el hecho que no ha sido un tema abordado por las ciencias de la información.
La comunicación es un elemento fundamental para lograr una mejor gestión, una práctica informativa democrática que permita hacer efectivo el derecho a la información y además un medio para lograr la participación activa de la ciudadanía.
1. Comunicación ascendente y descendente.
La comunicación institucional de convocatoria a reunión por ejemplo es a través de los Memos mediante “Comunicaciones Oficiales”.
La firma de los Despachos por parte de los Legisladores las busca el Relator.
La actividad de la Cámara en general, incluidas las comisiones, se transmite básicamente a través de la web institucional y de algunos medios gráficos.
No obstante en ocasiones de algún evento de importancia es transmitido por televisión y radio.
2. Comunicación e interacción con las demás comisiones legislativas.
La comunicación con los demás comisiones se da generalmente entre los relatores en un marco de informalidad.
Siempre son conversaciones que intenta posibilitar el avance y la mejora del expediente legislativo. Aunque a veces genera “sobrecargas de información”.
La comunicación “formal” por decirlo de alguna manera es el dictamen que expide cada comisión el que si bien no es vinculante es tenido en cuenta principalmente en caso de modificaciones.
3. Comunicación con otras Instituciones.
El Relator estará encargado de comunicarse con las diversas dependencias públicas o privadas, instituciones, o cualquier otra entidad, para que expidan su opinión sobre algún expediente en particular.
Una alternativa posible es que las comunicaciones con otras Instituciones para que den su opinión sobre la oportunidad y razonabilidad de determinado Proyecto, es que la misma, sea dirigida a través de la Mesa de Entradas de la Cámara de Diputados, asegurándose así que la comunicación fue efectuada, la publicidad de la misma y la remisión de respuesta de la Institución pertinente.
4. Comunicación con los demás actores.
En la práctica la comunicación con los demás actores también queda en manos del Relator de la Comisión sin embargo en ocasiones o por temas específicos el contacto lo realiza el Presidente de la Comisión directamente a los legisladores.
Cap. VII.- Problemas detectados en torno a los capítulos III, IV, V y VI.
1. Características, composición y recursos de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
La elección de las autoridades de las Comisiones Permanentes, quedan a absoluto criterio político de los Diputados y sus bloques. Se advierte que difícilmente los Bloques minoritarios, obtengan la Presidencia de alguna Comisión, o al menos de las más significativas.
Otro punto de consideración es la integración en cuanto género, generalmente son pocos los integrantes del género masculino. Es fundamental por la temática que trata esta comisión. De esta manera se podrán atacar los problemas desde distintas perspectivas, logrando normas útiles y simples que estén despojadas de prejuicios y/o desequilibrios.
Sabiendo que algunas hacen a la gobernabilidad de la Provincia, y sin desconocer que hablamos de una cuestión estrictamente política, creemos que debería “democratizarse” el acceso a los cargos dentro de las Comisiones, dado que, en definitiva, la última palabra la tendrá siempre la mayoría legislativa, cuando se somete un Proyecto a votación.
2. Sujetos que se desempeñan laboralmente en la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Respecto de los sujetos que se desempeñan laboralmente, el más relevante sin dudas es el relator, estimamos conveniente que el cargo este cubierto por un empleado permanente de la institución que tenga la obligación de cumplir con ciertos requisitos académicos y que pase un concurso de acceso al cargo.
A su vez se advierte la necesidad de una figura que acompañe y asista la del relator. Hoy no cuenta con reemplazo. El relator “no puede” enfermarse, tener algún inconveniente y faltar, etc.
Respecto de los asesores de los demás Diputados que concurren a las reuniones no haremos apreciación porque eso queda supeditado a la decisión del legislador. Conforme a la persona que convoque se verá beneficiado o no a la hora del estudio y posterior decisión sobre la conveniencia o no de la aprobación del expediente convengamos que llevara la firma de él.
Los sujetos responsables de llevar adelante esta actividad deberán también generar la posibilidad de todos los ciudadanos de acceder a la Comisión. Hemos convenido en que el Estado debe brindar puertas de ingreso que permitan dar a conocer las dependencias y por supuesto la resolución de su problema lo más rápidamente posible
3. Análisis del funcionamiento orgánico de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Decimos funcionamiento orgánico dando por sentado que la institución es un sistema ordenado que cuenta con una dinámica propia. Las comisiones son “arterias” que trasladan los expedientes pero que además los –se supone- mejora estudio mediante.
En ese orden de ideas estimamos que la clasificación de los tipos de Expedientes con la que contamos para trabajar en la actualidad está bien clasificados y facilitan el entendimiento.
Debería mejorarse el acceso a la letra del expediente pero también a su trámite y sus modificaciones, creemos que esa dificultad es una traba innecesaria. Los Expedientes son públicos, por lo cual no debería haber ningún tipo de problema en que cualquier ciudadano ingrese a ver cuál es el estado del mismo, por supuesto al momento de haber tomado estado parlamentario, en qué Comisión se encuentra, y qué dispusieron los Diputados sobre el mismo luego de su tratamiento.
La relación con las demás comisiones es buena, en definitiva siempre tenemos a mano la posibilidad de consultar con los demás relatores e inclusive con los diputados. Las demás dependencias responden positivamente las requisitorias y colaboran con los pedidos que desde la comisión se hacen.
Hemos podido participar de lindas experiencias como por ejemplo sesionar en hogares de niños en dificultades con la ley penal y de realizar jornadas informativas sobre cuestiones de niñez lo que sin la colaboración y predisposición del resto de los actores hubiera sido imposible.
Por supuesto que siempre está a la orden del día la burocracia lo que en ocasiones dificulta la celeridad para resolver determinadas cuestiones. Sin embargo no abundan Formularios simplemente un memo resuelve la cuestión.
4. Comunicación de la “Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer” Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
El trabajo producido por cada Comisión, en cada período, como así también las Actas, deberían ser de acceso público, estar a disposición desde la página web de la Cámara de Diputados. Esto no ocurre, lo que dificulta la comunicación e interacción con el resto de las instituciones, las demás comisiones y lo más importante con los ciudadanos.
En ese aspecto la comunicación es prácticamente inexistente.
Cuestión que creemos debe cambiar, no solo porque de esa forma, se podría mejorar la producción, sino además, porque produciría la mejora en la calidad del trabajo legislativo en esta casa de leyes.
Debería mejorarse, a su vez, el acceso desde cualquier computadora al sistema de Intranet de la Cámara, con la debida autorización previa, algo que hoy solo puede hacerse desde las maquinas pertenecientes a la red de la Cámara de Diputados.
De otro modo, se sigue privilegiando un “ocultismo” que con los adelantos tecnológicos y democráticos, debería quedar absolutamente superado.
Cap. VIII.- Implementación de las soluciones.
1. Operatividad y detalle de las mismas en relación a los problemas detectados.
Podemos observar que algunos usos y costumbres han hecho que el tratamiento de los Expedientes y el funcionamiento de las Comisiones no tengan la debida publicidad propia de un sistema de gobierno democrático. En este sentido creemos que los Expedientes deberían dejar de ser un “pasa mano” que va al Relator de la Comisión.
Sería oportuno que los expedientes estuvieran ordenados en una sala u oficina desde donde puedan ser extraídos para su estudio o fotocopiado.
Aprovechamiento y redefinición de la plataforma digital. Dijimos que la Cámara cuenta con la denominada “Intranet”. Pues bien, allí deberían adjuntarse cada uno de los Proyectos ingresados por Mesa de Entrada, con sus posteriores respectivos dictámenes de Comisión y solicitudes de opinión, para que puedan ser obtenidos de manera completa.
Por su parte, estimamos conveniente la incorporación, en las respectivas Comunicaciones Oficiales sobre las reuniones, que junto al orden del día son remitidas al e-mail de Diputados y Asesores, del hipervínculo correspondiente para que pueda visualizarse el Expediente de manera digital. De manera tal que tan solo cliqueando el link estén disponibles los expedientes completos para su estudio.
Prever la incorporación en la segunda hoja de cada Proyecto una síntesis informativa referida a proyectos sobre la misma temática girados a Comisiones en el período legislativo vigente; proyectos que proponen modificaciones a la misma Ley (en caso de ser un Proyecto que proponga modificar una Ley existente); Proyectos o Leyes Nacionales vinculadas a la materia en cuestión; Leyes/Decretos Provinciales vinculados a la materia; Leyes de otras Provincias que tratan la misma temática; Anexos; Observaciones.
El concurso de acceso a la relatoría debería incluir un test o examen de conocimientos sobre cultura general y conocimientos sobre la temática especifica de la Comisión. Al menos la legislación provincial preponderante. Incorporar un sub relator que si podría ser nombrado por el legislador que preside la Comisión sería una potencial solución para que el Relator tenga la cobertura si la necesitara.
Asimismo sería importante modificar el flujo del procedimiento actual de formación de leyes –en esta etapa obviamente- incorporando un control de calidad. Sin dudas esto requiere la dedicación, el compromiso y la participación de las autoridades, el desarrollo de un compromiso con el mejoramiento del funcionamiento institucional, estar en contacto con las realidades de cada sector territorial de la provincia, comprometer a todos los actores y generar trabajo en equipo en el marco de relaciones laborales constructivas de “coopeticion”, otorgándole al personal el reconocimiento que se merece y no tomándolo como un mero “recurso humano”.
2. Partida presupuestaria que debería asignarse para realizar las soluciones planteadas.
Analizar el monto concreto o puntualizar un número presupuestario, si bien entendemos que es lo fundamental a la hora de realizar una reestructuración o la creación y puesta en marcha de un proyecto, tomemos el caso ejemplo del arquitecto que se dispone a construir una edificación que sin dinero no puede llevarla a cabo lo mismo que si no cuenta con el terreno, los albañiles, etc., nos resulta dificultoso.
Sin embargo podemos concluir sin temor a equivocarnos que habría que adecuar la partida presupuestaria teniendo en cuenta la incorporación a Plantas Permanentes y puestos estables en los cargos de relatores. De esta manera contaríamos con un lineamiento respecto de los antecedentes de lo resuelto por la comisión más claros y coherentes.
Respecto de la modernización o digitalización de los expedientes no requiere inversión dado que el personal se encuentra en actividades, podría hacerse desde mesa de entradas de manera planificada y ordenada, por ejemplo a medida que se van presentando nuevos proyectos a la vez que se van llamando a reuniones de comisión.
La sala a la que hacemos referencia no requiere de construcción dado que existen salas disponibles. Asignando dos personas que inclusive pueden dividirse en dos turnos este aspecto estaría cubierto. Solo necesitarán un libro especial donde conste quien retiro el expediente y que día.
3. Plantear y debatir sobre la necesidad de modificar el Reglamento Interno de la Cámara de Diputados.
Sin dudas, para la implementación de estas medidas, y también como parte de la solución a los inconvenientes detectados, estimamos que debería realizarse una reforma integral del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados. Esto posibilitara un mejor entendimiento de las reglas para el buen funcionamiento institucional de las comisiones.
Para poder lograr una modificación de estas características es necesario trabajar en el consenso de todos los legisladores, de todos los bloques políticos, para que, utilizando un Proyecto de Resolución “madre”, previa consulta a los responsables de los sectores pertinentes de la institución que hace mucho tiempo se desempeñan en la actividad, se obtenga un Reglamento actualizado y autosuficiente.
Asimismo sería interesante incorporar, no en el cuerpo normativo, sino a manera de manual por llamarlo de alguna manera, un anexo al Reglamento con cuadros esquemáticos que indiquen de manera simple como es el recorrido administrativo de la tarea legislativa. Esto sería de utilidad para el sujeto que interviene en el trabajo y para aquel que quiera aprender desde afuera.
Cap. IX.- Conclusiones finales.
Teniendo en cuenta que el tema - o dependencia - elegido para el trabajo no se corresponde con una dependencia pública “típica” del estado, ni tampoco, tal vez lamentablemente, “muy conocida” se dificulta explicar el funcionamiento relativamente cambiante conforme la impronta de sus autoridades.
Sin dudas es una organización donde esencialmente priman los “usos y costumbres” aunque, paradójicamente, pertenezca a una casa de leyes que se caracteriza, nuevamente paradójicamente, dado que concurren “los representantes del pueblo”, por la poca publicidad del “iter” que siguen los Proyectos legislativos.
Al mismo tiempo, es llamativo, más aún porque está contemplado en la Constitución de la Provincia, que la posibilidad del “ciudadano común” de presentar proyectos de Ley sea nula dado que no está reglamentada la forma para hacerlo. Estimamos en este punto que es responsabilidad compartida, poco se sabe y poco se exige por parte de los ciudadanos bonaerenses de cada distrito respecto de la legislatura provincial.
Se advierte, aspecto que no ahondamos en detalles para no extender las líneas, que en el marco de un cambio de paradigma en las relaciones laborales que hoy está sucediendo el trabajo legislativo es la excepción. O quizás en realidad el cambio de paradigma no esté sucediendo y sea solo una expresión de deseos. La frase “trabajamos en equipo” o “la institución trasciende a los hombres” es solo una frase, cosa que deberíamos cambiar y dotarlas de contenido.
Por otra parte, tomando muchos de los debates que hemos tenido sobre la aplicabilidad de los parámetros y paradigmas de la gestión privada al sector público, vemos muy difícil la posibilidad de aplicar el “justo a tiempo” por citar un ejemplo dado que le expediente legislativo no se “arma” de la misma manera que uno judicial o administrativo. El pasaje de comisión, su aprobación etc. dependen del consenso político más que cualquier otra técnica en concreto. No así la posibilidad de organizar y poner en marcha un “control de calidad” tanto para los Proyectos Legislativos como para la actividad en la comisiones.
Sería importante, y esto sí es algo que se viene manifestando, que desde la institución se tome cada día mas contacto con la ciudadanía, es la única manera de generar herramientas legislativas para cubrir las necesidades. O al menos intentarlo, sabemos que la cuestión presupuestaria en la Provincia es siempre complicada. Asimismo debe conocerse que sucede en las comunas de cada Partido Municipal. Evidentemente, en una provincia de tamaña inmensidad, la “realidad” del sur es diferente al día a día del norte. Sera necesario para esto un compromiso del ciudadano para lograr un ida y vuelta, el que debe ir acompañado por una mejora educativa en torno a la cuestión cívica.
Desde ya que no está a nuestro alcance modificar el trámite de formación y sanción de leyes, eso requiere la modificación de la Constitución, si podemos insistir en la necesidad de modificar el reglamento.
- “La comunicación institucional de la administración pública”, José Ignacio Usandizaga, Dr. en ciencias de la comunicación.
- “La moda de trabajar en equipo” Dr. Héctor Fainstein
- Constitución de la Provincia de Buenos Aires
- Código Civil y Comercial de la Nación
- Reglamento Interno de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires
- Trabajos y apuntes de la materia “Régimen jurídico de la organización” de la carrera Especialización en Derecho Administrativo Unlp.
- Powers Point sobre la temática.
- Dr. Maximiliano Mussoto, Relator de la Comisión de Servicios Públicos: sobre el funcionamiento y estrategias para optimizar el trabajo “administrativo” de las Comisiones Permanentes de Cámara de Diputados.